domingo, 8 de agosto de 2010

Preguntas Frecuentes

¿Què es un Sript?
  Es un fichero de extensión.
  Es una serie de código para realizar el proceso de verificación.


¿Comò empieza y termina un Sript?

¿Qué es una constante predifinida?
    PHP ofrece un largo número de constantes predefinidas a cualquier script en ejecución. Muchas de estas    constantes, sin embargo, son creadas por diferentes extensiones, y solo estarán presentes si dichas extensiones están disponibles, bien por carga dinámica o porque has sido compiladas.

¿Comó se definen las variables en PHP?
   Por el signo de Dolar

¿Mencione 3 tipos de variables PHP?
  Gobal
  Local
  Númerico

¿Para qué sirve el comando Echo?
  Es el modo de visualizacion más empleado. Su sintaxi es la siguiente: Echo "texto"

Realizar programación del Primer Script

Proceso para abrir una Pagina Web Estatica y Dinamica

Estatica







                                                    


Dinámicas

                                                                                  

Mapa Conceptual Diferencia entre Servidor del lado del Cliente y del Servidor

Mapa Conceptual significado de PHP, usos de PHP, caracteristicas de PHP

Predios Urbanos

Se considera predios a los terrenos, así como a las edificaciones e instalaciones fijas y permanentes que constituyan parte integrante de ellos y que no pudieran ser separadas, sin alterar, deteriorar ó destruir la edificación.
Considerase terreno urbano al que esta situado en centro poblado y se destine a vivienda, comercio, industria o cualquier otro fin urbano; así como los terrenos sin edificar, siempre que cuenten con los servicios generales propios del centro poblado y los que tengan terminadas y recibidas sus obras de habilitación urbana, estén o no habilitadas legalmente.
Se entiende por edificaciones a las construcciones o fábricas en general.
El Municipio de Guayaquil inicia el cobro de los impuestos prediales con el 10% de descuento para los contribuyentes que cancelen desde hoy hasta el 15 de enero.
A partir de esta fecha se irá disminuyendo el porcentaje de acuerdo a la tabla del Cabildo, basada en el artículo 329 de la Ley de Régimen Municipal, que dispone los descuentos que rigen los primeros seis meses de todos los años.
El alcalde Jaime Nebot anunció que este año los usuarios pagarán el mismo valor que en el 2008.

Tasas de Habilitación y Control

Art. 21.- OBJETO DE LA TASA.- En virtud de lo dispuesto en la Ley de Régimen
Municipal vigente, y con el objeto de habilitar y controlar que los establecimientos
comerciales e industriales cumplan con los requisitos legales establecidos en las
ordenanzas municipales, de proporcionar los datos requeridos por el Censo Permanente
Municipal, se crea la Tasa de Habilitación y Control.
Art. 22.- DE LA EXIGIBILIDAD DE LA TASA.- La Tasa de Habilitación y Control
es anual y deberá ser cancelada hasta el 31 de agosto cada año.

Las inspecciones municipales se efectuaran entre los meses de enero y abril de cada
año. Los locales que no hubiesen recibido boletas de inspección hasta el 30 de abril, y
los que se abriesen posteriormente, deberán por propia cuenta notificar tal hecho a la
Municipalidad y liquidarán la tasa de acuerdo a lo dispuesto la presente Ordenanza. Los
locales que inicien sus actividades comerciales pagarán proporcionalmente a las
fracciones del año calendario, entendiéndose para efecto del cálculo de la tasa, que el
mes comenzado se considera mes terminado.

Solo a partir del 1 de septiembre de cada año, la no cancelación de la tasa
correspondiente al año en referencia podrá ser sancionada con la clausura del local.

Art. 23.- DE LAS BOLETAS DE NOTIFICACIÓN.- La Municipalidad efectuará las
inspecciones correspondientes de todos los locales o establecimientos comerciales,
industriales o artesanales durante los primeros cuatro meses de cada año, y dejará una
boleta de notificación de haberlo hecho. En dicha boleta constarán la situaciones que
deban ser enmendadas en razón de las Ordenanzas Municipales. Las observaciones
realizadas deberán ser remediadas dentro del plazo determinado en la inspección que no
podrá ser menor de quince días ni mayor de noventa. Vencido el plazo, la boleta de
inspección pasará a la Dirección de Justicia y Vigilancia para que establezca las
sanciones correspondientes.

Art. 24.- CÁLCULO DE LA TASA DE LA HABILITACIÓN.- La Tasa de
Habilitación se pagará por cada establecimiento comercial o industrial que una misma
persona natural o jurídica fuese propietaria y se la fija de acuerdo a la siguiente tabla:

a) Locales o establecimientos clasificados como grandes: 2 salarios mínimos vitales.

b) Locales o establecimientos clasificados como medianos: 1 salario mínimo vital.

c) Locales o establecimientos clasificados como pequeños: medio salario mínimo vital.

Para el objeto de determinar el tamaño de los locales se aplica lo dispuesto en el artículo
9. El salario mínimo vital que se aplica para fijar la tarifa es el vigente al 31 de
diciembre del año anterior.

Art. 25.- DE LAS EXONERACIONES.- Están exentos de la Tasa, los locales donde
funcionen las actividades de las personas naturales o jurídicas exentas del impuesto de
Patente de Comerciantes.

DE LAS SANCIONES

Art. 26.- DE LA EVASIÓN TRIBUTARIA.- Las personas naturales o jurídicas que
mediante actos deliberados u ocultación de la materia imponible produzca la evasión
tributaria o ayuden a dicha finalidad, incurrirán en multa de hasta el triple del tributo
evadido o intentado evadir.

Art. 27.- DE LA FALTA DE DECLARACIÓN DEL IMPUESTO DE PATENTE
DE COMERCIANTE Y, O DE LA TASA DE HABILITACIÓN Y CONTROL.-
La no declaración del Impuesto de Patentes de Comerciantes o de la Tasa de
Habilitación y Control dentro de un término de seis meses desde la fecha en que es
exigible esta obligación, se entenderá como acto de evasión tributaria.